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Seguridad
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7.11 Legislación sobre la garantía
Las leyes siguientes rigen las
garantías que surgen en virtud de
las ventas minorista de productos
para el consumidor:
l
Ley Song-Beverly de Garantía del
Consumidor de California [CC,
Sección 1790 y siguientes]
l
El Código Uniforme de Comercio
de California, División Dos [Cód.
de Comercio, Sección 2101 y
siguientes], y
l
La Ley Federal de Mejora de
Garantías Magnuson-Moss de la
Comisión Federal de Comercio
(Magnuson-Moss Warranty
Federal Trade Commission
Improvement Act) [Sección
2301 y siguientes del Código de
los Estados Unidos (USC);
Título 1
6 del Código de
Reglamentos Federales (CFR)
Partes 701– 703]. Una garantía
típica de la Ley Magnuson Moss
es una promesa escrita de que el
producto no presenta defectos o
una promesa escrita de devolver
el dinero, reparar o reemplazar
los productos defectuosos. [Ver
el Título 15 del Cód. de los
Estados Unidos, Sección
2301(6)]. Entre los
resarcimientos se incluyen los
daños y perjuicios por incumplir
con una garantía escrita o un
contrato de servicios o por violar
las disposiciones sobre
divulgación. [Ver el Título 15 del
Cód. de los Estados Unidos,
Sección 2310(d)]. Con
excepción de determinados
requisitos respecto de
divulgación y difamación, la ley
federal no prevalece sobre la ley
estatal. [Ver el Título 15 del Cód.
de los Estados Unidos, Sección
2311].
La Ley de Garantía del Consumidor
no afecta los derechos y las
obligaciones de las partes en virtud
del Código Uniforme de Comercio,
con la excepción de que las
disposicione
s de la Ley prevalecen
sobre las disposiciones del Código
de Comercio en caso de surgir un
conflicto. [CC §1790.3.]
A los fines de demandas de menor
cuantía, este curso se enfocará en
los derechos y obligaciones en
virtud de las leyes estatales.